La elección de estos dos países como lugares idóneos para nuestras plantaciones no es casualidad, es fruto de varios años de búsqueda y de estudios pormenorizados.
Las dos localizaciones, a pesar de su distancia, cuentan con unas condiciones naturales excepcionales, unos gobiernos implicados al 100% en la protección y mejora medio ambiental y en el desarrollo económico y bienestar de sus habitantes.
Se trata de zonas privilegiadas, donde existe una larga tradición forestal y donde la naturaleza nos ofrece agua, calidad de tierras y clima en una combinación casi perfecta.
Las Leyes forestales; 25080 en Argentina y 7575 para Costa Rica velan por la conservación, protección y administración de los bosques naturales y por la producción, el aprovechamiento, la industrialización y el fomento de los recursos forestales, de acuerdo con el principio de uso adecuado y sostenible de los recursos naturales renovables. Pero el compromiso de estos países llega más lejos ya que además incentivan la reforestación y respetan el derecho a la propiedad con el derecho de vuelo*.
"ecoBosques únicamente realiza plantaciones en climastropicales y subtropicales en zonas deforestadas y donde el desarrollo de las especies supera con creces el crecimiento esperado.
*Derecho de vuelo: Todo lo que esta cultivado no se puede expropiar hasta que no se termine la cosecha. (volver)
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